Cuando dejas de cotizar en el IMSS, la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida generalmente como Modalidad 40 te permitirá mantener vigentes tus derechos en los seguros de invalidez y vida y Cesantía en edad avanzada y vejez, al mismo tiempo que acumulas semanas de cotización para cumplir los requisitos de las pensiones por invalidez, cesantía ó vejez.
¿Qué es la Modalidad 40?
La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (Modalidad 40) es una modalidad de afiliación contemplada en el Régimen Voluntario, que te permite realizar aportaciones al IMSS para mantener los seguros de invalidez y vida y Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
Seguro | Régimen Obligatorio | Modalidad 40 |
Riesgos de Trabajo | Sí | No |
Invalidez y Vida | Sí | Sí |
Retiro, Cesantía y Vejez | Sí | Sí |
Enfermedades y Maternidad (Servicio Médico) | Sí | No |
Prestaciones en Especie | Sí | No |
Requisitos y condiciones de la Modalidad 40.
Causar baja del Régimen Obligatorio del IMSS (No encontrarse en una relación de trabajo ó no encontrarse cotizando al Seguro Social).
Tener reconocidas un mínimo de 52 semanas cotizadas al momento de la baja.
El salario de inscripción será igual ó superior al salario registrado en el Régimen Obligatorio al momento de la baja.
El salario de inscripción no podrá exceder el límite máximo de 25 veces el valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización UMA, al momento de inscribirse.
El asegurado podrá optar por continuar protegido a partir de la fecha de inscripción ó bien a partir de la fecha de baja. En este último caso el asegurado debe aportar las cuotas no cubiertas al instituto desde la fecha de baja (Pago Retroactivo).
El plazo para realizar el registro en la Modalidad 40 será de 5 años posteriores a la fecha de baja.
¿Cuánto debo aportar para cotizar en la Modalidad 40?
Para cotizar en esta modalidad CON EL SALRIO TOPE, debes aportar el 11.166% del salario mensual registrado. El porcentaje mencionado será válido para el año 2023 y se incrementará hasta alcanzar el 18.80% en el año 2030.
Año | Aportación Modalidad 40 |
2023 | 11.166% |
2024 | 12.256% |
2025 | 13.347% |
2026 | 14.438% |
2027 | 15.528% |
2028 | 16.619% |
2029 | 17.709% |
2030 | 18.800% |
Para realizar la inscripción en la Modalidad 40 existen dos alternativas:
Inscripción presencial en la Subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del asegurado.
Inscripción en línea a través del sitio web del IMSS.
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